Si lo han demandado por una deuda en el Distrito 3 del Condado de Brazoria, Lugar 2, este blog le brinda cómo defender, liquidar o liquidar la deuda en caso de bancarrota.
El Juez de Paz del Distrito 3 del Condado de Brazoria, Lugar 2, está presidido por el Honorable Juez Roy Castillo. El tribunal está ubicado en 2436 South Grand, Suite 110, Pearland, TX 77581. La Constitución de Texas exige que cada condado del estado establezca entre uno y ocho recintos judiciales de paz, según la población del condado. Además, dependiendo de la población del recinto, se establecerán uno o dos juzgados de paz en cada recinto.
En el condado de Brazoria hay 8 tribunales de justicia de paz.
Hay aproximadamente 823 tribunales de justicia de paz en Texas para los 254 condados. El juez Roy Castillo tiene jurisdicción en asuntos civiles en los que el monto en controversia no supere los $20,000, sin incluir los intereses.
Antes del 1 de septiembre de 2007, la jurisdicción del juez Roy Castillo estaba limitada a reclamos de hasta $5,000.00. El juez Richard Davis también tiene jurisdicción en demandas relacionadas con la ejecución de una restricción de escritura de una subdivisión residencial que no se refiere a un cambio estructural en una vivienda. Tiene jurisdicción en casos de desalojo. Las Reglas 523 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas rigen los procedimientos en los Tribunales de Justicia.
Todas las normas que rigen los tribunales de distrito y de condado también rigen los Tribunales de Justicia en la medida en que puedan aplicarse, excepto cuando la ley disponga específicamente lo contrario. regla 523, Reglas de Procedimiento Civil de Texas. Las Reglas de Prueba de Texas rigen los procedimientos civiles en los Tribunales de Justicia. Regla 101, Reglas de evidencia de Texas.
Presentación de reclamaciones pequeñas o demandas en el Tribunal de Justicia
EVENTO
Revise cuál es el lugar adecuado para su demanda.
JURISDICCIÓN
Justice Court Suit es una demanda civil por daños monetarios, posesión de bienes inmuebles y ejecución de gravámenes sobre bienes personales. El monto de la controversia debe ser por no más de $20,000 o menos, intereses excluidos.
La demanda judicial de reclamos menores es una demanda civil por daños monetarios solamente (usted no puede recuperar propiedad personal). La cantidad en controversia debe ser por no más de $20,000 o menos, intereses incluidos.
DAÑOS Y PERJUICIOS
La cantidad de dinero por la que está demandando se llama “daños”. El monto de los daños buscados debe estar respaldado por pruebas. ¡Un demandante no puede reducir el monto del reclamo subyacente para mantener una demanda en el Tribunal de Justicia o en el Tribunal de Reclamos Menores!
PARTES DE LA DEMANDA
NOMBRE DEL DEMANDANTE: Es la parte que interpone la demanda. Solo las personas o empresas nombradas en la parte superior de la Petición como Demandante pueden obtener una Sentencia a favor del Demandante.
NOMBRE DEL ACUSADO:
Debe demandar a los Demandados en su capacidad legal adecuada. Si nombra al Demandado incorrectamente o escribe mal el nombre del Demandado(s), es posible que no pueda recuperarlo. Tenga mucho cuidado al nombrar al Acusado.
Como individuo: debe demandar al demandado individualmente en las siguientes dos situaciones:
(1) El Demandado es personalmente responsable ante usted por los daños que le haya causado, y
(2) El Demandado en su capacidad individual que opera una propiedad o sociedad es responsable ante usted por los daños que pueda haber causado.
Como propiedad o sociedad: una propiedad o sociedad es una empresa que no está incorporada, pero ha presentado un «agente registrado» ante el secretario del condado de Brazoria County Texas.
Como corporación: si la empresa que lo ha lesionado está incorporada, debe comunicarse con la Oficina del Contralor del Estado de Texas al (800) 252-1386 o con la Secretaría de Estado de Texas al (512) 463-5555. Solicite el nombre y la dirección para el servicio del Agente Registrado para el servicio de la corporación (también funcionará el Presidente o el Vicepresidente). Esta es la persona que ha sido autorizada para recibir información sobre las demandas presentadas en contra de esta corporación”.
CITACIÓN
El alguacil o alguacil, en el condado donde se encuentra el demandado, debe notificar personalmente a cada demandado. Es su responsabilidad asegurar el servicio de sus citaciones. Si obtiene una mejor dirección para el demandado, llame al tribunal y al alguacil o alguacil y proporcione la nueva información lo antes posible para la notificación de la citación en la oficina del Juez de Paz del Distrito 3 del Condado de Brazoria, Lugar 2.
DECLARANDO SU RECLAMACIÓN
Indique la naturaleza de su reclamo en su totalidad, enumerando hechos y circunstancias específicos sobre su reclamo. Debe detallar cómo obtuvo el monto total de su reclamo si se trata de más de un artículo.
Después de presentar la demanda
SERVICIO DE CITA
Después de que haya presentado su petición ante el Tribunal de Justicia o de Reclamos Menores, el Tribunal emitirá y enviará la(s) Citación(es) a la oficina del Alguacil o Alguacil de Texas que haya indicado para notificar al Demandado( s). Verifique periódicamente por teléfono ya sea con el secretario del tribunal o con la oficina del alguacil o del alguacil directamente.
RESPUESTA
Una vez que se haya notificado la Citación, el Demandado debe presentar una respuesta por escrito a la demanda el lunes siguiente a la expiración de los diez (10) días, a partir de la fecha de la notificación, o antes.
LEY DE SOCORRO CIVIL DE LOS MIEMBROS DEL SERVICIO (SCRA)
Si el Demandado no presenta una respuesta a la demanda, o no comparece ante el tribunal, el Demandante NO podrá recibir una «sentencia en rebeldía» a menos que el Demandante primero presente ante el Tribunal una Declaración Jurada de la Ley de Alivio Civil de los miembros del Servicio que indique: bajo juramento, que el acusado no está en el servicio militar en estado de servicio activo. El Departamento de Defensa mantiene un sitio web seguro donde el Demandante puede obtener un registro de estado. Este sitio web requiere el registro de nombre y dirección, números de fax y teléfono, dirección de correo electrónico y apellido de soltera de la madre, para poder utilizar el sitio web. Este formulario puede descargarse de los sitios web de algunos Tribunales o solicitarse en la siguiente dirección:
REPRESENTACIÓN
Puede representarse a sí misma independientemente de si es un individuo, una propiedad o una corporación. Las Reglas de Evidencia de Texas y las Reglas de Procedimiento Civil de Texas están vigentes en las demandas del Tribunal de Justicia, pero no en las demandas del Tribunal de Reclamos Menores.
ENSAYO
Si el Acusado presenta una respuesta por escrito en un caso del Tribunal de Justicia, algunas Reglas Locales exigen que transcurran cuarenta y cinco (45) días antes de que el caso pueda fijarse para juicio. Recibirá un aviso por escrito de su fecha de corte. Si cambia su dirección o número de teléfono, notifique al Tribunal de inmediato. Llegue a tiempo a su juicio o audiencia programada.
DESCUBRIMIENTO
El descubrimiento se utiliza para describir muchas formas diferentes de obtener información y pruebas antes del juicio, para ser utilizadas en el juicio. Si bien el descubrimiento es común en los casos del Tribunal de Justicia, se debe buscar el permiso del juez para el descubrimiento limitado en los casos de reclamos menores. Ejemplos de descubrimiento incluyen:
- Interrogatorios (preguntas escritas que requieren respuestas juradas);
- Solicitudes de Admisión (declaraciones escritas que requieren admisión jurada o denegación);
- Solicitudes de producción (solicitudes escritas para producir elementos probatorios para que la parte contraria los examine antes del juicio), menos comunes a nivel de los tribunales de justicia, las declaraciones orales de los testigos se toman ante un taquígrafo judicial. La mayoría de los documentos de descubrimiento vienen con instrucciones adjuntas. ¡Léelos con atención! La falta de respuesta al descubrimiento de manera oportuna puede resultar en la pérdida del caso.
SIN REGISTRO ESCRITO
Los foros de Jueces de Paz no son “tribunales de registro”. No hay un reportero de la corte que registre el testimonio de los testigos. En TODOS los tribunales de justicia y de demandas menores no se permiten dispositivos de grabación sin el consentimiento previo del juez.
CITACIONES
Testigos: Si hay testigos que no acudirán al Tribunal voluntariamente, puede solicitar que se prepare y entregue una Citación para garantizar su presencia en el Tribunal. Esto debe hacerse por lo menos dos semanas antes del juicio para permitir la notificación de la Citación.
Citaciones probatorias: si el acusado o cualquier otro testigo tiene documentación que usted no tiene, y que es necesaria para probar su caso, puede hacer que la persona que tiene el control de la evidencia sea citada para llevar la documentación al tribunal. Los elementos que desea deben enumerarse claramente y adjuntarse a la citación. Toda la demás información mencionada anteriormente también se aplica a las citaciones probatorias.
SOLICITUD DE JURADO
Si desea un juicio por jurado, debe pagar una tarifa de jurado al momento de presentar su petición.
¿Qué sucede después del juicio?
INFORMACIÓN DE APELACIÓN
Cualquiera de las partes tiene diez (10) días para apelar la decisión del juez. Se debe presentar una fianza de apelación ante el Tribunal a más tardar a las 4:30 p. m. del décimo día después de la fecha del Fallo. Las apelaciones presentadas después de esta fecha serán denegadas.
- Comuníquese con el Tribunal y averigüe el monto de la fianza de apelación requerida para su apelación.
- Preparar una Fianza por el monto total de la Fianza de Apelación requerida por el Juzgado.
- Pague una tarifa de transcripción de $ 10.00
El tribunal de justicia o de reclamos menores preparará una transcripción de los alegatos archivados en su caso y la enviará al secretario del tribunal del condado donde se presentó la demanda inicial ante el tribunal de justicia o de reclamos menores. Todo contacto con el Tribunal a partir de este momento será con el Tribunal del Condado. Se requerirán tarifas de presentación del Tribunal del Condado, y se comunicarán con la parte que está apelando con respecto al pago de esas tarifas.
MOCIÓN PARA NUEVO JUICIO
Las mociones para un nuevo juicio deben presentarse por escrito dentro de los cinco (5) días a partir de la fecha del fallo.
RECOGIDA DE SENTENCIAS
Si recibe un Fallo contra el Acusado y el Acusado no presenta una Moción para un nuevo juicio dentro de los cinco (5) días, no presenta una Apelación dentro de los diez días o no paga el Fallo dentro de los diez (10) días, puede solicitar otros recursos para cobrar su Fallo.
RESUMEN DE LA SENTENCIA: Puede obtener un Resumen de la Sentencia en cualquier momento después del día 11 a partir de la fecha de la Sentencia. El costo de un Resumen original es de cinco dólares ($5.00) y puede obtenerlo en el Tribunal de Reclamos Menores o de Justicia. El resumen se debe presentar en la oficina del Registrador en cualquier condado donde crea que el deudor del fallo puede poseer bienes inmuebles.
ORDEN DE EJECUCIÓN: Puede obtener una Orden de ejecución en cualquier momento después del día 30 a partir de la fecha del Fallo. Una Orden de Ejecución le permite a un Alguacil o Alguacil intentar confiscar ciertas propiedades no exentas del Acusado. Si se incautan bienes, se llevará a cabo una subasta y los procedimientos de la venta satisfarán su Sentencia.
AUTO DE EMBARGO: Un auto de embargo está disponible 7 días después de la fecha del fallo. Texas permite embargar cuentas bancarias, pero no salarios.
ESCRITO DE ENTREGACIÓN: Este proceso requiere una audiencia en la corte. Esto puede incluir la rotación de propiedad no exenta y reembolsos de impuestos.
CÓMO PAGAR SENTENCIAS CUANDO NO SE ENCUENTRA AL TITULAR DE LA SENTENCIA
Si no se puede ubicar a una de las partes a las que se debe una sentencia, es posible depositar la sentencia en el registro del tribunal si se demuestra que el deudor de la sentencia ha intentado de buena fe ubicar a la parte vencedora. Una vez que el tribunal esté convencido de que no se puede ubicar a la parte, se puede aceptar el pago y el tribunal puede emitir una liberación. Luego, el dinero se retiene hasta que la parte a la que se le debe lo reclame, o el dinero se confisca al Estado de Texas.
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