Es responsabilidad del deudor y del abogado de bancarrota, desarrollar un Plan de Capítulo 13 viable en Houston.
Las Cortes de Bancarrota en Houston, Texas confirmarán un plan del Capítulo 13 si el plan cumple con los requisitos del Capítulo 13;
- Se han hecho todos los pagos requeridos de honorarios, cargos y fideicomisarios
- La petición ha sido presentada y el plan propone de buena fe
A cada acreedor garantizado aceptado en el plan, o se le devuelve su garantía, o se le permite retener su gravamen sobre la garantía y se le paga su reclamo asegurado bajo el plan.
Cada acreedor no garantizado no recibirá del deudor tanto como si hubiera presentado un Capítulo 7 y si el plan del deudor es factible y que el deudor no podrá hacer los pagos requeridos y cumplir con el plan.
Si el Tribunal de Quiebras no acepta el plan del Capítulo 13 que usted ha propuesto, usted puede enmendar el plan y convertir el caso a un Capítulo 7 o desestimarlo.
Cuando el Tribunal no confirma el plan original, da las razones de su desaprobación, para que el plan pueda ser enmendado y pueda ser aceptado. Si usted no cumple con los pagos de su plan, no se presenta a la Reunión de Acreedores, no coopera con el Fideicomisario del Capítulo 13, o no cumple con otros requisitos del Código de Bancarrota o con los términos de su plan del Capítulo 13, el Fideicomisario del Capítulo 13 o sus acreedores pueden presentar una moción para desestimar su caso ante el Tribunal de Bancarrota.
Fijar una audiencia
Si el juez desestimó su caso y pierde la protección del Tribunal,estará sujeto a las prácticas de cobro de los acreedores. Usted puede fijar una audiencia para una moción de desestimación por pagos atrasados.
Pero, DEBE proporcionar una razón por la cual se atrasó con los pagos del fideicomisario. Si usted experimentó algún cambio en sus ingresos debido a un cambio de empleo, pérdida de empleo u otras circunstancias inesperadas, tiene el derecho de modificar su Plan del Capítulo 13.
La modificación del Plan de Bancarrota del Capítulo 13 se permite para aumentar o reducir la cantidad de los pagos prevista en el plan. Se permite la entrega de una garantía con una declaración escrita para su modificación.
Los deudores también podrán prorrogar o reducir el plazo de esos pagos y modificar el monto de la distribución a un acreedor cuyo crédito esté previsto en el plan en la medida necesaria para tener en cuenta todo pago de ese crédito que no esté previsto en el plan.
Una explicación del aumento o disminución de los ingresos o gastos debe aparecer en la modificación.
Los pagos por la modificación se pagarán por adelantado o por cualquier acuerdo hecho con el asistente legal o abogado, o en el plan del capítulo 13. El deudor debe proporcionar al abogado de bancarrota un aviso de pago de 2 meses o un formulario de pérdidas y ganancias de las personas que trabajan en la bancarrota o prueba de ingresos. (Seguridad social, desempleo, etc.) junto con el presupuesto familiar.
Proporcionamos servicios de bancarrota en el área metropolitana de Houston incluyendo las ciudades de Katy, Sugarland, Pearland, Friendswood, Clear Lake y Galveston. También manejamos casos de The Woodlands, Spring y Tomball y casos en Baytown y Channelview.
Manejamos casos de bancarrota en todos estos condados: Brazoria, Chambers, Galveston, Matagorda, Austin, Brazos, Colorado, Fayette, Fort Bend, Grimes, Harris, Madison, Montgomery, San Jacinto, Walker, Waller, Wharton