Divorcio no impugnado con niños en Houston, Texas, requiere un decreto definitivo que es el acuerdo de las partes. Este formulario estándar se puede ajustar en función de sus hechos. El formulario que se usa a continuación es una plantilla que se podría usar en la mayoría de los divorcios con niños con cambios menores para reflejar los hechos de su caso.
NO.
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HARRIS COUNTY, TEXAS |
ACUERDO DEL DECRETO FINAL DE DIVORCIO
En _______________________________, la Corte oyó este caso.
Apariciones
El peticionario, apareció en persona y por medio del abogado de divorcio registrado, Michael G. Busby, Jr. y anunció que estaba listo para el juicio.
La Demandada, renunció a la emisión y al servicio de la citación mediante la exención debidamente presentada, pero aceptó los términos de este decreto según lo indica su firma que aparece a continuación.
Grabar
La toma de un registro de testimonio fue renunciada por las partes con el consentimiento de la Corte.
Jurisdicción y Domicilio
El Tribunal considera que los alegatos del peticionario se encuentran en debida forma y contienen todas las alegaciones, la información y los requisitos previos que exige la ley. El Tribunal, después de recibir pruebas, determina que tiene jurisdicción en este caso y de todas las partes y que han transcurrido al menos sesenta días desde la fecha en que se presentó la demanda. El Tribunal determina que, en el momento en que se presentó la demanda, el Solicitante había sido domiciliado en Texas durante un período anterior de seis meses y residente del condado en el que se presentó la demanda durante un período anterior a noventa días. Todas las personas con derecho a citación fueron debidamente citadas.
Jurado
Se exime a un jurado, y las cuestiones de hecho y de derecho se sometieron a la Corte.
Divorcio
SE ORDENA Y SE ADMITE que _______________________, el Peticionario y _______________________, el Demandado, están divorciados y que el matrimonio entre ellos se disuelve por motivos de insoportabilidad.
Hijo del matrimonio
El tribunal considera que el peticionario y el demandado son los padres del siguiente niño:
Nombre:
Sexo:
Fecha de nacimiento:
Estado natal:
Número de seguridad social: ______________________
Número de licencia de conducir y estado de emisión: N / A
La Corte encuentra que no se esperan otros hijos del matrimonio.
Plan de crianza
El Tribunal considera que las disposiciones de este decreto se refieren a los derechos y deberes de las partes en relación con el niño, la posesión y el acceso al niño, la pensión alimenticia para niños y la optimización del desarrollo de una relación estrecha y continua entre cada parte y que el niño constituye el plan parental acordado de las partes.
Tutela
El Tribunal, habiendo considerado las circunstancias de los padres y del niño, considera que las siguientes órdenes son en el mejor interés del niño.
SE ORDENA que _______________________ y _______________________ se designa como administradores conjuntos del siguiente niño: _______________________.
SE ORDENA que, en todo momento, _________________, como tutor principal de administración conjunta, tendrá los siguientes derechos:
1. El derecho a recibir información del otro tutor del niño sobre la salud, la educación y el bienestar del niño.
2. El derecho a consultar con el otro padre en la medida de lo posible antes de tomar una decisión sobre la salud, la educación y el bienestar del niño.
3. El derecho de acceso a los registros médicos, dentales, psicológicos y educativos del niño.
4. El derecho a consultar con un médico, dentista o psicólogo del niño.
5. El derecho a consultar con los funcionarios escolares sobre el bienestar y el estado educativo del niño, incluidas las actividades escolares.
6. El derecho a asistir a las actividades escolares.
7. El derecho a ser designado en los registros del niño como una persona a la que se debe notificar en caso de una emergencia.
8. El derecho a dar su consentimiento para recibir tratamiento médico, dental y quirúrgico durante una emergencia que implique un peligro inmediato para la salud y la seguridad del niño.
9. El derecho a administrar el patrimonio del niño en la medida en que el patrimonio haya sido creado por el padre o la familia del padre.
SE ORDENA que, en todo momento, _______________________ y _______________________, como padres conservadores de administración conjunta, tendrán cada uno los siguientes deberes:
1. El deber de informar al otro tutor del niño de manera oportuna sobre la salud, la educación y el bienestar del niño.
2. El deber de informar al otro tutor del niño con al menos treinta días, si se casa o tiene la intención de casarse con una persona que el tutor sabe que está registrado como delincuente sexual según el capítulo 62 del Código de Procedimiento Penal o actualmente está acusado de un delito por el cual, por convicción, la persona estaría obligada a registrarse en ese capítulo. SE ORDENA que esta información se ofrezca en forma de un aviso tan pronto como sea posible, pero a más tardar cuarenta días después de la fecha en que el tutor del niño comience a residir con la persona o el décimo día después de la fecha.
SE ORDENA que el aviso debe incluir una descripción de la ofensa que es la base del requisito de la persona al registrarle como un delincuente sexual o por la que se le acusa.
ADVERTENCIA: EL TUTOR RESPONSABLE COMETERÍA UN DELITO DE CLASE C SI NO PROPORCIONA ESTE AVISO.
PERIODOS COMO TUTOR PRINCIPAL
SE ORDENA que, durante sus períodos de posesión, _______________________, como tutor contable principal, tendrá los siguientes derechos y deberes.
1. El deber de cuidado, control, protección y disciplina razonable del niño;
2. El deber de apoyar al niño, incluida su provisión de ropa, alimentos, refugio y atención médica y dental que no implique un procedimiento invasivo.
3. El derecho al consentimiento para que el niño reciba atención médica y dental que no implique un procedimiento invasivo.
4. El derecho a dirigir la formación moral y religiosa del niño.
SE ORDENA que _______________________, como tutor principal de administración conjunta, tendrá los siguientes derechos y deberes:
1. El derecho exclusivo a designar la residencia principal del niño dentro del Condado de San Diego, California y los condados contiguos circundantes.
2. El derecho independiente a dar consentimiento para tratamientos médicos, dentales y quirúrgicos que involucren procedimientos invasivos.
3. El derecho independiente a consentir el tratamiento psiquiátrico y psicológico del niño.
4. El derecho exclusivo a recibir y dar recibos de pagos periódicos para la manutención del niño y para retener o desembolsar estos fondos en beneficio del niño.
5. El derecho independiente a representar al niño en una acción legal y a tomar otras decisiones de importancia jurídica importante para el niño.
6. El derecho independiente a consentir el matrimonio y al alistamiento en las fuerzas armadas de los Estados Unidos.
7. El derecho independiente a tomar decisiones sobre la educación del niño.
8. Excepto lo dispuesto por la sección 264.0111 del Código de Familia de Texas, el derecho independiente a los servicios y ganancias del niño.
9. Y excepto cuando se ha designado un tutor del patrimonio del niño o un abogado de divorcio a efectos de juicio para el niño, por si el estado o un gobierno extranjero requiere la acción del niño.
10. El deber independiente de administrar el patrimonio del niño en la medida en que el patrimonio haya sido creado por la propiedad de la comunidad o la propiedad conjunta del padre.
El Tribunal considera que, de acuerdo con la sección 153.001 del Código de Familia de Texas, es la política pública de Texas garantizar que los niños tengan un contacto frecuente y continuo con los padres que han demostrado la capacidad de actuar en el mejor interés del niño, proporcionar un ambiente seguro, estable y no violento para el niño, y alentar a los padres a compartir los derechos y deberes de criar a sus hijos después de que los padres hayan separado o disuelto su matrimonio.
Las partes acuerdan y SE ORDENA que la residencia principal del niño sea San Diego, California, y las partes no lo retirarán del Condado de San Diego, California con el propósito de cambiar la residencia primaria del niño hasta que se modifique por orden adicional del tribunal de jurisdicción continua o por acuerdo escrito firmado por las partes y presentado ante el tribunal.
ÓRDENES DE POSESIÓN ESTÁNDAR
El Tribunal considera que las siguientes disposiciones de esta Orden de posesión estándar están destinadas a cumplir con los requisitos de las secciones 153.311 a 153.317 del Código de la Familia de Texas.
SE ORDENA que cada uno cumpla con todos los términos y condiciones de esta Orden de posesión estándar.
SE ORDENA que esta Orden de posesión estándar entre en vigencia de inmediato y se aplica a todos los períodos de posesión ocurridos antes y después de la fecha en que el Tribunal firma esta Orden de posesión estándar. ES, POR LO TANTO, ORDENADO:
(a) Definiciones
1. En esta Orden de posesión estándar, “escuela” significa la escuela primaria o secundaria en la que está inscrito el niño y en el distrito en el que resida el niño principalmente.
2. En esta Orden de posesión estándar, «niño» incluye a cada niño, ya sea uno o más, que esté sujeto a esta demanda, mientras que el niño tenga menos de dieciocho años y no está emancipado.
(b) Acuerdo mutuo o términos específicos para la tutela
SE ORDENA que los tutores tomen la tutela del niño acordado mutuamente por las partes, y si no hay un acuerdo mutuo, se ORDENA que los tutores tomen la tutela del niño en los términos especificados establecidos en esta Orden de Posesión Estándar.
(c) Padres que residen a menos de 100 millas
Salvo que se indique lo contrario en esta Orden de Posesión Estándar, cuando _______________________ resida a 100 millas o menos de la residencia principal del niño, _______________________ tendrá derecho a la tutela del niño de la siguiente manera:
1. Fines de semana – Los fines de semana durante todo el año, comienzan a las 6:00 p.m., el primer, tercer y quinto viernes de cada mes y terminan a las 6:00 p.m. del domingo siguiente.
2. Posibilidad de fin de semana extendida por una fiesta: excepto como se estipula lo contrario en la Orden de Posesión Estándar, si un período de posesión de fin de semana por _______________________ comienza un viernes que es una fiesta estudiantil o un día de servicio del maestro durante el periodo escolar, según lo determine la escuela en la que está inscrito el niño, o un día festivo federal, estatal o local durante los meses de verano cuando la escuela no está abierta, o si el período termina o es seguido inmediatamente por un lunes que es festivo. El período de posesión del fin de semana comenzará a las 6:00 pm el jueves inmediatamente anterior al día festivo del viernes, festividad estudiantil o día de fiesta del maestro y finaliza a las 6:00 p.m. en ese lunes festivo según corresponda.
3. Jueves: el jueves de cada semana durante el periodo escolar regular, a partir de las 6:00 p.m. y terminando a las 8:00 p.m.
4. Vacaciones de primavera en años pares: en años pares, comenzando a las 6:00 p.m. el día en que el niño sale de la escuela para las vacaciones de primavera de la escuela y termina a las 6:00 p.m. el día antes de que la escuela se reanuda después de las vacaciones.
5. Posesión de verano extendida por _______________________
Con aviso por escrito antes del 1 de abril: si _______________________ entrega _______________________ aviso por escrito antes del 1 de abril de un año especificando un período prolongado o períodos de posesión en verano para ese año, _______________________ tendrá posesión del niño por treinta días, comenzando no antes del día posterior a la escuela y que finaliza a más tardar siete días antes de que se reanuden las clases, para que pueda ejercer la posesión siguiente con un periodo separado de al menos siete días consecutivos cada uno, comenzando y finalizando a las 6:00 p.m. de cada día correspondiente, como se especifica en la notificación por escrito.
Sin notificación por escrito a más tardar el 1 de abril: si _______________________ no entrega _______________________ notificación por escrito antes del 1 de abril de un año especificando un período extendido o períodos de posesión en verano para ese año, _______________________ tendrá posesión del niño por treinta días consecutivos en ese año comenzando a las 6:00 pm el 1 de julio y terminando a las 6:00 p.m. el 31 de julio.
A pesar de los períodos de posesión del jueves durante el término escolar regular y los períodos de posesión de fin de semana PEDIDOS para _______________________, se PIDEN explícitamente que _______________________ tendrá un derecho superior de posesión del niño de la siguiente manera:
1. Vacaciones de primavera en años impares: a partir de las 6:00 p.m. el día en que el niño sale de la escuela para las vacaciones de la escuela y termina a las 6:00 p.m. el día antes de que la escuela reanude sus clases.
2. Posesión de fin de semana de verano a más tardar el _______________________- Si _______________________ entrega _______________________ una notificación por escrito antes del 15 de abril de un año, _______________________ tendrá posesión del niño en cualquier fin de semana a partir de las 6:00 p.m. el viernes y terminando a las 6:00 p.m. el siguiente domingo durante un período cualquiera de la posesión prolongada de verano por _______________________en ese año, siempre que ____________________ recoja al niño de _______________________ y lo devuelve a ese mismo lugar y que el fin de semana así designado no interfiera con el fin de semana del Día del Padre.
3. Posesión prolongada de verano a más tardar el _______________________- Si _______________________ entrega _______________________ una notificación por escrito antes del 15 de abril de un año o da _______________________ aviso por escrito de catorce días después del 16 de abril de un año, _______________________puede designar un fin de semana no antes del día posterior a la salida de la escuela del niño para las vacaciones de verano y que finalicen a más tardar siete días antes de que se reanuden las clases al final de las vacaciones de verano, durante el cual un período de posesión de fin de semana de otro modo programado por _______________________ no tendrá lugar en ese año, siempre que el fin de semana así designado no interfiera _______________________ el período o períodos de posesión prolongada durante el verano o con el fin de semana del Día del Padre.
(d) Padres que residen a más de 100 millas de distancia
Salvo que se indique explícitamente lo contrario en esta Orden de posesión estándar, cuando _______________________ resida a más de 100 millas de la residencia del niño, _______________________ tendrá derecho a la posesión del niño de la siguiente manera:
1. Fines de semana: a menos que _______________________ seleccione el período alternativo de posesión de fin de semana que se describe en el siguiente párrafo, _______________________ tendrá derecho a la posesión del niño los fines de semana que ocurran durante el periodo escolar y los que no, comenzando a las 6:00 pm, en la primera, tercera y el quinto viernes de cada mes y terminando a las 6:00 pm el domingo siguiente. Excepto que se disponga explícitamente de otra manera en esta Orden de Posesión Estándar, si tal período de posesión de fin de semana por _______________________ comenzará un viernes festivo del estudiante o un día de fiesta del maestro durante el periodo escolar regular, según lo determine la escuela en la que se encuentra el niño inscrito, o un día festivo federal, estatal o local durante los meses de verano cuando la escuela no está abierta, o si el período termina o es seguido inmediatamente por un lunes que es festivo, el período de posesión del fin de semana comenzará a las 6 : 00 pm el jueves inmediatamente anterior al día festivo del viernes,yfinaliza a las 6:00 p.m. en ese lunes festivo según corresponda.
Posesión de fin de semana alternativa: en lugar de la posesión de fin de semana descrita en el párrafo anterior, _______________________ tendrá derecho a la posesión del niño no más de un fin de semana por mes de la elección de _______________________ a partir de las 6:00 p.m. en el día de recreo escolar para el fin de semana y que termina a las 6:00 p.m. en el día antes de la escuela se reanuda después del fin de semana. Excepto que se disponga explícitamente de otra manera en esta Orden de Posesión Estándar, si tal período de posesión de fin de semana por _______________________ comenzará un viernes festivo del estudiante o un día de fiesta del maestro durante el periodo escolar regular, según lo determine la escuela en la que se encuentra el niño inscrito, o un día festivo federal, estatal o local durante los meses de verano cuando la escuela no está abierta, o si el período termina o es seguido inmediatamente por un lunes que es festivo, el período de posesión del fin de semana comenzará a las 6 : 00 pm el jueves inmediatamente anterior al día festivo del viernes,y finaliza a las 6:00 p.m. en ese lunes festivo según corresponda. _______________________puede elegir una opción para este período alternativo de posesión de fin de semana mediante notificación por escrito a _______________________ dentro de los noventa días posteriores a que las partes comiencen a residir a más de 100 millas de distancia. Si _______________________ realiza esta elección, _______________________ deberá dar _______________________ catorce días de notificación por escrito o por teléfono antes de un fin de semana designado. Los fines de semana elegidos no entrarán en conflicto con las disposiciones relativas a Navidad, Día de Acción de Gracias, cumpleaños del niño y fin de semana del Día de la Madre.
A pesar de los períodos de posesión del fin de semana PEDIDOS para _______________________, se PIDEN explícitamente que _______________________ tendrá un derecho superior de posesión del niño de la siguiente manera:
1. Posesión de fin de semana de verano a más tardar el _______________________- Si _______________________ entrega _______________________ una notificación por escrito antes del 15 de abril de un año, _______________________ tendrá posesión del niño en cualquier fin de semana a partir de las 6:00 p.m. el viernes y terminando a las 6:00 p.m. en el siguiente domingo durante cualquier período de posesión por _______________________durante _______________________ la posesión prolongada de verano en ese año, siempre que si un período de posesión por _______________________in ese año excede los treinta días, _______________________puede tener posesión del niño bajo los términos de esta disposición en cualquiera de los dos fines de semana no consecutivos durante ese período y siempre que ____________________ recoja al niño de _______________________ y lo devuelva al mismo lugar y que el fin de semana así designado no interfiera con el fin de semana del Día del Padre.
2. Posesión Extendida de Verano a más tardar el _______________________- Si _______________________ entrega _______________________ una notificación por escrito antes del 15 de abril de un año, _______________________puede designar veintiún días comenzando no antes del día posterior a la salida de la escuela del niño para las vacaciones de verano y terminando a más tardar siete días antes de la escuela se reanuda al final de las vacaciones de verano de ese año, que se ejercerán en no más de dos períodos separados de al menos siete días consecutivos cada uno, con cada período de posesión comenzando y terminando a las 6:00 pm en cada día aplicable, durante el cual _______________________ no tendrá posesión del niño, siempre que el período o períodos así designados no interfieran con el período o períodos de posesión prolongada de verano o con el fin de semana del Día del Padre.
A continuación puede continuar leyendo la – «Segunda parte de la plantilla» – que se usa en los divorcios con niños menores y en la que se reflejan los hechos de cada caso.