El Capitulo 7 es parte de la ley federal de bancarrota que permite a una persona liberarse de la responsabilidad de sus deudas sin garantía.
Al deudor se le permite mantener todos los bienes exentos. El deudor debe asistir a una breve reunión aprox. un mes después de la presentación del caso. El Fideicomisario del Capitulo 7 nombrado para el caso revisara el papeleo en esta reunión. Se puede hacer referencia a sus acreedores después de establecer un plan de pago para pagar la cuota del abogado. Sus acreedores detendrán todos los esfuerzos de cobro después de la fecha en que su caso sea presentado, con algunas excepciones, como el pago de manutención y las multas y sanciones penales.
Se trata de una orden judicial de liberación de todas las deudas descargables y se ordena a los acreedores no intentar cobrarlas del deudor. Una deuda que se descarga es la que el deudor se libera y no tiene que pagar. Algunas deudas, sin embargo, no son liberadas por el capitulo 7 como tampoco algunas personas son elegibles para el capitulo 7.
¿Qué deudas no se liberan por el Capítulo 7?
Todas la deudas de cualquier naturaleza o cantidad, inclusive las deudas contraídas en otros estados, son liberadas por el capitulo 7, excepto las enumeradas a continuación.
- Deudas de ciertos impuestos, incluidos los impuestos que se hicieron en el pasado debido tres anos.
- Si el acreedor presenta una demanda para la obtención de dinero, bienes, servicios o crédito por medio de engaños, fraudes, o una declaración falsa financiera.
- Deudas que no figuran en el capitulo 7 del deudor, a menos que el acreedor conociese el caso en el momento de presentar una reclamación.
- Si el acreedor presenta una demanda por fraude, malversación o robo.
- Deudas por pensión alimenticia, mantenimiento o apoyo, con cierto muy limitado excepciones.
- Si el acreedor presenta una demanda por lesiones a la persona o propiedad del otro.
- Deudas por multas o sanciones determinadas.
- Deudas por préstamos estudiantiles garantizados por el gobierno de EE.UU., que se convirtieron en causa en los últimos siete años, a menos que la descarga de la deuda no imponga una carga onerosa para el deudor y sus familiares a cargo.
- Deudas derivadas de un decreto o sentencia judicial en su contra por los daños resultantes de la operación de un vehículo de motor.
- Deudas que fueron o pudieron haber sido incluido en un caso de quiebra en las que el deudor no ha recibido una descarga.
- Deudas por incumplimiento malicioso o temerario por un banquero o ex banquero de cumplir determinados compromisos por él para mantener el capital de la institución de la cual él trabajó.
¿Puede una persona ser negado para un Capítulo 7?
Todos son elegibles para el Capítulo 7 de descarga, excepto las siguientes personas:
- A los que se les ha concedido una descarga en un caso del Capítulo 7 presentada dentro de los últimos ocho años.
- A los que se les ha concedido una descarga en un caso del Capítulo 13 presentada dentro de los últimos seis años, a menos que el 70 por ciento o más de los créditos no garantizados hayan sido pagados en el Capítulo 13.
- Aquellos que presentan una renuncia de descarga en un caso del Capítulo 7 aprobado por el tribunal.
- Aquellos que ocultan, transfieren o destruyen su propiedad con la intención de defraudar a sus acreedores o del síndico en el caso del Capítulo 7.
- Aquellos que ocultan, destruyen o falsifican los registros de la situación financiera o las transacciones comerciales.
- Aquellos que hacen declaraciones falsas o reclamaciones en su caso del Capítulo 7, o que retengan información registrada del Fiduciario en el caso.
- Aquellos que no pueden explicar satisfactoriamente cualquier pérdida o deficiencia de sus activos.
- Aquellos que se niegan a responder a las preguntas u obedecer las órdenes de la corte de bancarrota, ya sea en su caso, o en el caso de un pariente, un socio de negocios o corporación.
¿Quién puede presentar bajo el Capítulo 7?
Cualquier persona que hace negocios o que tiene propiedad en los Estados Unidos puede presentar el Capítulo 7, a excepción de una persona que ha estado involucrado en otro caso de bancarrota en los últimos 180 días.
Puede que no sea sabio, sin embargo, para un deudor presentar el Capítulo 7, si él no es elegible para el Capítulo 7. Además, no puede ser sabio que un deudor con un ingreso suficiente con el que pagar una parte sustancial de sus deudas en un plazo razonable presente el Capítulo 7, porque el tribunal puede desestimar el caso por constituir un abuso del Capítulo 7.
¿Dónde presentar un Capítulo 7?
En la oficina del secretario del tribunal de quiebras del distrito donde haya vivido o donde haya estado su centro de actividad principal los últimos 180 días. El tribunal de quiebras es un tribunal federal y es una unidad de la Corte Federal de Distrito.
¿En qué condiciones debe un marido y la esposa archivar el Capítulo 7?
Tanto el marido como la mujer, deben presentar las deudas que deben ser dadas de alta por ambos cónyuges. Si ambos cónyuges son responsables de algunas de las deudas o si sólo uno de los cónyuges archiva el Capítulo 7, los acreedores tratarán de obligar al cónyuge a no presentarla en el pago de las deudas, incluso si él o ella no tiene ingresos o activos.
Sin embargo, es habitual que los dos cónyuges lo presenten si la mayoría de las deudas son deudas en común.
¿Cómo la presentación bajo el Capítulo 7 afecta al juicio?
La presentación de un caso del Capítulo 7 se queda o detiene automáticamente la mayoría de los pleitos y que se han presentado contra el deudor.
Pocos días después de que un caso del capítulo 7 se presenta, el tribunal le enviará una notificación a todos los acreedores, ordenándoles que se abstengan de cualquier acción contra el deudor. Si el deudor no puede esperar tanto tiempo, es permisible para él ni a su abogado para notificar a uno o más de los acreedores de la presentación del caso.
Todo acreedor que intencionalmente viole la orden de este tribunal es responsable ante el deudor por daños. Las acciones más comunes no afectados por el expediente de un caso del Capítulo 7 son procedimientos penales y acciones para el cobro de deudas por pensión alimenticia, mantenimiento o apoyo de los bienes exentos o de bienes o fondos adquiridos percibidos por el deudor después de que el caso fue archivado.
¿Puede una persona archivar bajo el Capítulo 7 si sus deudas son administradas por un asesor financiero?
Sí. Un asesor financiero o un servicio de asesoría de crédito, no tiene derecho legal para evitar que alguien le represente bajo el Capítulo 7.
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