El código Familiar de Texas proporciona protección contra la violencia familiar cometida por un miembro de la familia, así como por un extraño que tiene o tenía una relación con el peticionario. Una orden de protección, es también conocida como orden de restricción en algunos estados, es una orden judicial emitida para proteger a las víctimas (o posibles víctimas) de la violencia familiar.
Hay dos términos que se utilizan en este sentido es decir, la violencia familiar y la violencia en el noviazgo que cubren diversas formas de agresiones. Si usted es una víctima de la violencia familiar, entonces usted debe inmediatamente buscar asesoría legal de un abogado de derecho de familia o cualquier otra autoridad competente, tales como el Departamento de Protección y Regulación.
Cualquier acción o amenaza de acción por un miembro de la familia contra otro miembro de la familia, puede ser interpretado como un acto de violencia familiar cuando causa o tiene la intención de causar daño físico, lesión en cuerpo y asalto sexual física, o el temor razonable de tales acciones en un futuro. La violencia entre parejas, por el contrario, constituye una acción o amenaza de acción por una persona en contra de otra persona con la que se tiene o ha tenido una relación de noviazgo que causa o tiene la intención de causar daño físico, lesión en cuerpo, física o sexual y el temor razonable de dichas acciones en el futuro. El juez tomará en cuenta ciertos parámetros para decidir si la relación es / era una relación de noviazgo o no.
Órdenes de protección emitidas en el Estado de Texas
Hay diferentes tipos de órdenes de protección emitidas en el Estado de Texas: ex parte temporal y la órden de protección de emergencia permanente.
Orden temporal
Una orden judicial temporal se reserva para aquellas situaciones que requieren protección inmediata de los demandados o a la familia del demandado. Y se refiere al hecho de que no hay necesidad de enviar un aviso al demandado para asistir a la audiencia, ya que podría poner en peligro la seguridad de los abusados. Por lo general, tiene una duración de hasta 20 días, pero puede extenderse a períodos adicionales de 20 días si el juez así lo decide.
Orden de protección permanente
Una orden de protección permanente, es por lo general de menos de 2 años, pero podría ampliarse en determinadas circunstancias. Orden de protección de emergencia no ha sido emitida por un tribunal de familia, sino por un tribunal penal después de que el abusador es arrestado por violencia doméstica, asalto sexual o acecho. Por lo general, durante más de 30 días pero menos de 60 días; sin embargo, el uso de un arma mortal en asalto podría aumentar esta duración.
Una orden de protección por violencia familiar puede ser presentada por cualquier persona en el hogar y si el maltratado es un niño, entonces cualquier adulto podría declararse en la orden de protección. Aparte de esto, el Fiscal General, el Fiscal de Distrito, los Abogados de Derecho de Familia o el Departamento de Servicios de Protección y reguladoras también tienen la facultad de solicitar una orden de protección en el nombre de los abusados. Debe ser probado en la corte que se ha producido un acto de violencia en la familia o es probable que se produzca. En la mayoría de los casos, el testimonio de los abusados es suficiente para la emisión de la orden, incluso si un informe de la policía no se ha presentado. Debe tenerse en cuenta que no hay comisión cobrada (de los abusados) para solicitar la orden de protección, pero si son declarados culpables de la violencia familiar, el abusador puede tener que pagar ciertas tasas judiciales.
Si se comprueba que se ha producido violencia familiar o es probable que ocurra, entonces el abusador le queda restringido la comunicación directa / indirecta con los abusados, acercarse a la casa o lugar de trabajo, guardería, escuela del niño para evitar que cometa actos de violencia. En algunos casos la posesión exclusiva de la casa también se podría dar al peticionario.
Violación de la Orden de Protección contra la violencia familiar
La violación de la orden de protección permanente contra la violencia familiar puede conducir a una multa de hasta $ 4,000 y a penas de cárcel de hasta 1 año. Si la violación constituye violencia familiar, a continuación, el agresor podría ser procesado por delito mayor su tiempo en la cárcel sería mínimo de 2 años. Por la violación de la orden de protección ex parte temporal, la multa es de hasta $ 500 y las penas de cárcel de hasta 6 meses. Es importante señalar que las órdenes de protección válidas de los otros estados también son exigibles en Texas.